Programa de prácticas internas

El programa de prácticas internas de la Universidad Miguel Hernández pretende regular e impulsar un plan de formación práctica de sus alumnos a desarrollar en sus propias dependencias, departamentos, centros, grupos, institutos y en definitiva en cualquiera de sus unidades y servicios que desarrollen tareas interesantes relacionadas con el desarrollo profesional de sus alumnos. Este plan viene desarrollado por dos motivos:

  • La constancia del creciente auge e importancia que están tomando las prácticas de alumnos en sus diferentes modalidades (prácticum, créditos de libre configuración, asignaturas de prácticas, etc.).
  • El convencimiento de que las modernas técnicas e instrumentos utilizados en las diferentes unidades y servicios de la propia Universidad vienen a complementar y, sobre todo, a incrementar la oferta de plazas necesarias para dar cobertura al mayor número posible de nuestros alumnos. En este sentido, la propia Universidad pretende dar también ejemplo y asumir como institución el papel de formación práctica-profesional que está solicitando a entidades públicas y privadas.

Gestión de prácticas

    • Si ya se ha realizado la selección del estudiante, el propio estudiante puede formalizar la documentación de prácticas necesaria.
    • Si aún no se ha realizado la selección del estudiante y se quiere publicar una oferta de prácticas, el departamento/servicio/unidad deberá publicitarla a través del acceso a empresas del Observatorio Ocupacional (se recomienda acceder en modo «navegación privada» para evitar conflictos con la identificación). Si no dispone de las claves de acceso como unidad organizativa (servicios, departamentos, unidades, etc.), contacte con el Observatorio.

Consideraciones

  1. Las prácticas son una actividad formativa, por lo que, los contenidos de la misma deberán estar directamente relacionados con los estudios cursados por el estudiante.
  2. La duración máxima de las prácticas académicas internas no remuneradas será de 900 horas en un mismo curso académico, con un límite de 8 horas diarias y 40 semanales. En el caso de prácticas remuneradas, se atenderá a lo previsto en la norma presupuestaria.
  3. Como máximo se realizaran 1.800 horas de prácticas en la UMH, con independencia del carácter remunerado o no de las mismas. En el importe horario anterior no computaran las prácticas curriculares cursadas.
  4. Todas aquellas personas que deseen realizar prácticas en las que puedan tener contacto con menores de edad, deberán estar en posesión de  certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Normativa aplicable

  • La normativa en vigor que regula la realización de prácticas en empresa por estudiantes universitarios es el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 30 de julio de 2014.
  • De acuerdo con la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda (Consultas nº 1770/02 y nº 1992/00) sobre las prácticas de estudiantes universitarios, las ayudas al estudio que las empresas satisfagan a los alumnos universitarios en el marco de los Convenios de Cooperación Educativa constituyen rendimientos del trabajo plenamente sometidos al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Por tanto al importe de la bolsa o ayuda al estudio que reciba el alumno deberá efectuarse la retención correspondiente a cuenta del IRPF.
  • Por otro lado y en cumplimiento de lo establecido en el Art. 1 del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social:  quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, quienes participen en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, no tengan carácter exclusivamente lectivo sino que incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades y conlleven una contraprestación económica para los afectados, cualquiera que sea el concepto o la forma en que se perciba, siempre que la realización de dichos programas no dé lugar a una relación laboral que determine su alta en el respectivo régimen de la Seguridad Social.
  • Las prácticas internas (aquellas que se realizan por parte de estudiantes de la UMH en la propia UMH) se regulan por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 08/11/06 que aprobó la Normativa para el Plan de Prácticas Internas de los Estudiantes de la UMH.
  • La normativa de ejecución presupuestaria de la UMH, puede consultar la norma vigente en el siguiente enlace: Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial
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