Prácticas de estudiantes externos en la UMH

El Observatorio Ocupacional es el servicio de la UMH competente para tramitar los convenios conducentes a la admisión de estudiantes externos para que realicen prácticas en cualquier unidad orgánica (servicio, departamento, área, facultad, escuela o instituto de investigación, etc.) de la UMH.

La autorización de la presencia de estudiantes de otros centros educativos en la UMH es competencia del Vicerrectorado de Estudiantes y Coordinación, que autorizará las prácticas correspondientes a instancias de la persona que vaya a realizar la tutela del estudiantado en cuestión, y/o la autorización de la persona responsable de la Unidad.

No se permiten prácticas remuneradas. Las cotizaciones deberán ser a cargo de la entidad donde estudie el estudiante, y así debe constar en el convenio/acuerdo.

PROCEDIMIENTO: Solicitud y tramitación.

1.- Solicitud de acogida o admisión en prácticas:

  1. Por correo electrónico desde el centro de prácticas, tutor/a de la UMH, o instructor/a de la UMH, a la dirección , mostrando la intención de acoger a estudiantes, especificando el período y la entidad de origen.
  2. Si ya se dispone de algún documento de la entidad de procedencia se aconseja aportarlo para su valoración.
  3. Si se conoce el correo electrónico de contacto del servicio de prácticas de la entidad de procedencia, es aconsejable que se aporte o que se ponga en copia en dicho correo.
  4. Es preferible la tramitación directa con la entidad de procedencia y la no intervención del estudiantado.
  5. En caso de que el centro de origen del estudiante no tenga convenio en vigor con la UMH el plazo de gestión puede durar 5-6 semanas.

2.- Tramitación: Vista la solicitud y la documentación aportada:

SI HAY CONVENIO EN VIGOR

SI NO HAY CONVENIO EN VIGOR

Se tramita el anexo/acuerdo de prácticas

Se debe tramitar el convenio de colaboración

Documentación propia de la entidad de procedencia.

 

El formato contendrá o podrá contener los aspectos siguientes:

·       Datos de las entidades y su representación.

·       Datos del estudiantado.

·       Datos de la tutoría en origen.

·       Datos de la tutoría en la UMH.

·       Datos de la práctica (tareas, centro de prácticas, período, horarios…).

·       Firmantes: Entidad, UMH (tutores/as, representante) y estudiantado.

 

Para la tramitación de los anexos hay que tener en cuenta que:

·       Nunca pueden indicar fechas de comienzo anteriores a la de firma del convenio.

·       No se debe permitir la entrada de un estudiante sin el anexo debidamente formalizado.

·       Para su formal finalización deben firmarse por el Vicerrectorado de Estudiantes.

Documento que formaliza la relación entre las entidades y que contiene la posibilidad de que se realicen prácticas.

Se tramita por el Observatorio Ocupacional.

No se puede firmar por el profesor o el responsable de la unidad de la UMH donde se realicen las prácticas. El Vicerrector de Estudiantes y Coordinación es el único autorizado para esto.

 

Formatos:

Cerrado o institucional: Típico de los centros de Formación Profesional (FP), que vienen determinados por la Conselleria competente y no se pueden modificar. Puede haberlos también con instituciones públicas o administraciones (CSIC, por ejemplo).

 

Normalizado: El que tenga la entidad de procedencia como modelo. En general sufrirán modificaciones y puede que se alargue en el tiempo el proceso de revisión, aprobación y firma.

 

Bilateral o recíproco: Es el que las universidades,

españolas o extranjeras, deben firmar, ya que permite que nuestro estudiantado también realice prácticas en esas entidades. Reduce el tiempo de revisión y firma.

Proceso específico para centros de FP:

Se tramitan 3 anexos:

·       Anexo I: Es el convenio.

·       Anexo II: Es el documento que autoriza las prácticas (se firma por el vicerrectorado competente).

·       Anexo III: Es el documento que se tramita con el centro de prácticas de la UMH y se firma por éste. No interviene el Observatorio ni el vicerrectorado.

Particularidades de los convenios:

·       No se pueden firmar convenios con universidades o centros cuya docencia sea a distancia, ya que no podrán acoger a nuestro estudiantado.

·       Con los centros privados siempre se tramitará el modelo bilateral.

·       Nunca se reflejará que la Seguridad Social corre por cuenta de la UMH, ni que conlleva tasas o remuneraciones.

·       El proceso puede tardar más de 5 semanas.

 

CONCEPTOS ACLARATORIOS DEL PROCESO:

Entidades de procedencia Otras universidades o centros educativos de FP.
Representante de la UMH José Juan López Espín. Vicerrector de Estudiantes y Coordinación. Avda. de la Universidad, s/n. 03202 – Elche. Tf. 966658820.
Persona de contacto en la UMH Tutor/a o instructor/a de prácticas (dirección del departamento, profesorado, vicedecanato…).
Centro de prácticas Lugar en el que se realizan las prácticas en la UMH (laboratorio, sala, aula, departamento…).
Documentación necesaria Convenio y anexo de prácticas.
El Convenio Se tramita con el Observatorio Ocupacional y se firma por el Vicerrectorado de Estudiantes. No interviene el centro de prácticas/unidad de la UMH.
El Anexo (o documento análogo) Es un documento de la universidad o centro de origen. Se suele firmar por la entidad origen, el estudiantado, tutores/as (tanto de la entidad como de la UMH) y por la UMH (representante) PERO NO SIEMPRE ES ASÍ.

En cualquier caso, SIEMPRE se debe firmar o visar por el Vicerrectorado de Estudiantes.

Remuneración por la UMH No se permite.
Seguridad Social Debe correr a cargo de la universidad o centro de origen.
Seguros de accidentes o Responsabilidad Civil Corren por cuenta de la universidad o centro de origen.
Certificado de prácticas realizadas Se debe expedir por la universidad o centro de origen.
Justificante de prácticas realizadas Se puede expedir por el tutor/a o instructor/a de la UMH.
Certificación de la labor del tutor/instructor A cargo del centro de estudios del que procede el estudiante
Firma de los documentos Preferiblemente firma electrónica (no manual o escaneada).
EXCEPCIONES ·       ERASMUS+ PRÁCTICAS: En estos casos se debe tramitar con el Servicio de Relaciones Internacionales y Cooperación:

·       Otro tipo de estancias o acogidas: La tramitación y regulación no está gestionada ni coordinada por el Observatorio Ocupacional

 

Para más información: Observatorio Ocupacional. / Tf. 966658820 /

Prácticas de alumnado de otras universidades nacionales o extranjeras en centros sanitarios adscritos a la UMH

En el caso de prácticas en centros hospitalarios universitarios adscritos a la UMH de estudiantado externo, debido a la organización del sistema de salud español, solo podemos gestionar prácticas/rotatorios/estancias/pasantías del estudiantado matriculado en nuestra universidad. Para poder realizar prácticas en centros sanitarios adscritos a la UMH, según las instrucciones facilitadas por la Conselleria de Sanitat, deberá contarse con:

  • Convenio de colaboración suscrito entre la universidad de origen, el/la estudiante y la Conselleria de Sanitat.
  • Autorización del Decanato de la Facultad de la UMH a la que esté adscrita la titulación equivalente a la de la persona solicitante.

Otra vía podrá ser la adquisición de la condición de estudiante UMH, a través de la figura de estudiante visitante, lo que le daría acceso a la docencia y las prácticas como estudiantado UMH. Tiene más información de esta figura en: https://internacional.umh.es/internacionalizacion/estudiante-visitante/

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