Normativa para la realización de prácticas académicas externas extracurriculares en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CAFD)

NORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES EN EL GRADO EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ

La normativa en vigor que regula la realización de prácticas en empresa por estudiantes universitarios es el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 30 de julio de 2014. Con el fin de complementar la información que se proporciona en este Real Decreto, y regular de forma concreta la realización de prácticas externas extracurriculares por parte del estudiante del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Universidad Miguel Hernández, se establecen los siguientes puntos a tener en cuenta:

1. El estudiante podrá realizar prácticas en aquellas empresas/instituciones relacionadas con las diferentes salidas profesionales del Graduado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte: Docencia en el ámbito de la educación física, dirección de grupos deportivos, preparación física, readaptación funcional, implementación de programas de actividad física para la salud, animación y recreación, gestión deportiva, e investigación.

2. Es importante que el estudiante a la hora de formalizar las prácticas indique funciones a realizar acorde  a su  titulación  universitaria  y a los diferentes itinerarios profesionales que se establecen para la misma.

3. El tutor profesional del estudiante debe estar en posesión del título de Licenciado en Educación Física o Licenciado/Graduado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. En el caso de que en una determinada entidad no se pueda encontrar un tutor profesional con esta titulación, pero el tutor académico considere que es un buen lugar para que el estudiante haga sus prácticas y desarrolle competencias relacionadas con su profesión, el tutor profesional podrá ser Graduado o Licenciado en cualquiera de las titulaciones de Ciencias de la Salud.

4. El estudiante será el encargado de buscar un tutor académico entre sus profesores, atendiendo a que el área de especialización del tutor guarde relación con el ámbito en el que se van a realizar las prácticas, además de tener confianza con dicho tutor. Es fundamental que el estudiante contacte directamente con el profesor que le gustaría tener como tutor académico, solicitándole la realización de esta función. Si el profesor no da su consentimiento al estudiante para ser tutor académico de prácticas externas, el estudiante no podrá contar con él a la hora de formalizar las prácticas y tendrá que buscar otro tutor académico que acceda a ello.

5. Los profesores del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Universidad Miguel Hernández deben tener una predisposición positiva hacia la tutorización académica de prácticas externas extracurriculares, ya que se  trata   de   una   actividad   que   permite   el   desarrollo   de   competencias profesionales en el estudiante.

Cada profesor podrá tutorizar a un máximo de 10 estudiantes por curso académico.

El estudiante tiene la obligación de mantener un contacto periódico con su tutor académico. Se recomienda que el estudiante envíe un email a su tutor académico cada dos semanas indicando las funciones que ha desempeñado en ese periodo y los posibles problemas que se ha encontrado.

Al finalizar su periodo de prácticas, el estudiante debe presentar a su tutor académico una memoria de la actividad realizada siguiendo el formato del documento que aparece en el Anexo 1.

Atendiendo al seguimiento realizado durante el periodo de prácticas y a la memoria final, el tutor académico valorará desde su acceso identificado con una calificación de apto/no apto al estudiante, proporcionándole el certificado correspondiente en caso de evaluación positiva.

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