Prácticas Internas Remuneradas

La normativa que regula las prácticas internas de los estudiantes de la Universidad Miguel Hernández de Elche, fue aprobada por el Consejo de Gobierno, en sesión de 8/11/2006

Las presentes instrucciones se aplicaran a las prácticas internas remuneradas realizadas en los Departamentos, Institutos, Centros, Servicios o Unidades de la propia UMH.

a)    DOCUMENTACIÓN

Según el Anexo XXV Criterios para estudiantes en prácticas remuneradas y personal subvencionado de las Normas de Ejecución del Presupuesto para 2020 y la Circular de apertura 2020, se presentará en el Observatorio Ocupacional, con 15 días de antelación al inicio de las prácticas, la siguiente documentación:

  1. Anexo de prácticas por triplicado, firmado y sellado por el responsable del Departamento/Centro/Servicio/Unidad y firmado por el/la estudiante (se genera a través de este enlace).
  2. Hoja de Datos Personales del/de la estudiante, donde conste el IBAN de su cuenta bancaria.
  3. Formulario TA2 de alta en la Seguridad Social.
  4. Modelo. 145 del IRPF
  5. Fotocopia de la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social del estudiante o documento que acredite el nº de afiliación (tarjeta SIP si nº termina en T, cabecera de nómina, duplicado Tesorería Seguridad Social).
  6. Fotocopia del carnet de identidad del/ de la estudiante.
  7. Financiación: Si las prácticas las financia el Vicerrector de Estudiantes y Deportes, requiere Expediente y RC enlazado a Nóminas y tabla de seguimiento, si son financiadas con con fondos del SERVICIO o de carácter FINALISTA (salvo Investigación), requieren autorización previa del Vicerrector de Estudiantes y Deportes, Expediente y RC enlazado a Nóminas y Tabla 1 (para más información consultar Anexo XXV para estudiantes en prácticas remuneradas y personal subvencionado).

b)    CESE ANTICIPADO

La finalización anticipada se deberá comunicar al Observatorio Ocupacional con una antelación mínima de 7 días a la nueva fecha de finalización, para tramitar la adenda que corresponda y comunicar la BAJA a la Seguridad Social por los Servicios de Personal.

c)     INCOMPATIBILIDADES

Un alumno en prácticas no podrá simultanear en un mismo periodo dos o más prácticas remuneradas y/o becas, salvo situaciones excepcionales debidamente motivadas.

d)    PRÁCTICAS EN PERIODOS DE VACACIONES

Con carácter general no se realizarán prácticas en los periodos de vacaciones que se indican en el calendario laboral de la UMH (Semana Santa, verano y Navidad). Si la práctica incluyera alguno de estos periodos, se requerirá para su tramitación éstos no tendrán efectos económicos salvo autorización expresa, debidamente motivada, del responsable de los fondos.

CONDICIONES GENERALES DE DOTACIÓN,  ADJUDICACIÓN Y DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS INTERNAS FINANCIADAS CON GASTOS DE CARÁCTER GENERAL

  1. Se fijará una dotación máxima mensual de 450 euros brutos/mes para los alumnos en prácticas en concepto de ayuda. No podrán dedicarse más de 100 horas de prácticas en cómputo mensual por alumno.
  2. La realización de prácticas remuneradas por  parte de un estudiante en un mismo servicio o unidad no podrá exceder de 9 meses, salvo motivación expresa de necesidad específica.
  3. En cualquier caso, un estudiante no podrá realizar más de 12 meses de prácticas remuneradas en la Universidad Miguel Hernández, en cómputo acumulado, salvo motivación expresa de necesidad específica.
  4. Para el cálculo del coste de las obligaciones frente a la Seguridad Social puedes consultar el siguiente enlace: Información fiscal, tributaria y sobre seguridad social en las prácticas remuneradas.

Este procedimiento no será de aplicación a las prácticas internas no remuneradas, ya que en estos casos no procede el alta en la Seguridad Social, documentándose con el anexo de prácticas correspondiente, como hasta la fecha.

Para cualquier aclaración o duda puedes contactar con en el Observatorio Ocupacional (96 665 8647 – ).

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