Cotización de prácticas en la Seguridad Social
Desde el 1 de enero de 2024, el estudiantado de la Universidad Miguel Hernández de Elche que realice unas prácticas académicas externas CURRICULARES Y EXTRACURRICULARES, remuneradas o no remuneradas está sujeto al alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y el estudiantado es considerado como asimilado a trabajador por cuenta ajena (en vigor desde el 1 de enero de 2024, por el Real Decreto Ley 2/2023, modificado por el RDL 5/2023, en su artículo único, apartado 34).
(Nota: el concepto asimilado, implica que sin ser un trabajador de la empresa, la relación del estudiante con ésta está sujeta a algunas obligaciones propias de empleador y trabajador).
Por ello, al realizar unas prácticas externas o internas documentadas a través del Observatorio Ocupacional, debes contar con una serie de requisitos:
- Número de Afiliación a la Seguridad Social.
- Si las prácticas son en centros de menores, o centros sanitarios, debes contar con el Certificado de delitos sexuales.
- Tener tramitado el correspondiente anexo de prácticas a través del Observatorio Ocupacional.
- En el caso de extranjeros:
- Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
- Visado en vigor en el momento de realización de las prácticas.
¿Quién es el responsable de gestionar tu afiliación a la Seguridad Social?
Se hace cargo la entidad donde realices las prácticas en los siguientes casos:
- Cualquier práctica remunerada que se realice en la entidad.
- Prácticas extracurriculares no remuneradas que se realicen en la entidad.
Se hace cargo la UMH en los siguientes casos:
- Prácticas curriculares no remuneradas.
- Prácticas curriculares remuneradas (se regirá por su procedimiento específico), cuando el pagador sea la UMH.
- Prácticas extracurriculares remuneradas si el pagador es la UMH.
Están exentas de esta cotización
- Las prácticas realizadas en el extranjero de estudiantes Erasmus+ que estén matriculados en la universidad de destino (criterio de interpretación 11/2023 de la DG de Ordenación de la Seguridad Social).
- Las prácticas realizadas por personas en alguna de estas situaciones (art. 80 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía):
- Jubilación.
- Incapacidad permanente.
- Situación de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por cualquier otro motivo.
Obtención del Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF) o Número de la Seguridad Social (NUSS)
Se han habilitado diversas vías para que en los casos que tus prácticas sean cotizadas por la UMH se pueda obtener este requisito:
- En matrícula: si estás matriculado/a de una asignatura que tiene prevista la realización de prácticas curriculares, te hemos informado de este procedimiento y solicitado los datos para su consulta por intermediación. La primera vez que accedas a la aplicación del Observatorio Ocupacional (https://universite.umh.es/observatorio), se realizará la consulta. En caso de que la Tesorería de la Seguridad Social de conformidad a tus datos, el número de afiliación se guardará en tus datos personales.
- En en el primer acceso a la aplicación universite.umh.es/observatorio, cuando accedas por primera vez, si estás matriculado con pasaporte, o no se te requirió autorización en matrícula, te aparecerá un formulario para facilitar los datos necesarios y hacer la consulta.
- En el caso que las dos primeras opciones fallen, o aun no dispongas de NAF/NUSS, desde el Observatorio Ocupacional se remitirá la solicitud de asignación de NAF/NUSS a la Tesorería de la Seguridad Social, cuando esta traslade el resultado de la consulta, lo cargaremos en tus datos personales.
- Si la tercera opción falla, deberás aportar la resolución de asignación de número de afiliación, esta opción ya depende de ti, y deberás gestionarla directamente con tu Tesorería de la Seguridad Social más próxima a tu localidad de residencia:
- Comprobar tu número de NUSS o NAF : Acceso al trámite en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Obtener NAF (si no dispones de él): Acceso al trámite en la Seguridad Social.
- Listado de Oficinas de la Seguridad Social.
Una vez el dato esté disponible te aparecerá en la pantalla principal (universite.umh.es/observatorio):
NO SE AUTORIZARÁ LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS A PERSONAS QUE NO DISPONGAN DE ESTOS REQUISITOS.
Situación de personas extranjeras (matriculadas con NIE o pasaporte)
Las personas matriculadas con NIE o PASAPORTE (NO-UE), deberán tener en cuenta:
- El NAF/NUSS de los matriculados con pasaporte solo podrá obtenerse a través del Observatorio Ocupacional, se hará de forma automática, debiendo cumplir el paso (2) (3) o (4) del apartado anterior.
- Adicionalmente, el estudiantado deberá tener residencia en vigor en el momento de asignación de la plaza de prácticas, esta comprobación se hará por el sistema de forma automática. En caso de que el resultado sea negativo deberás aportar mediante sede electrónica una copia del permiso de residencia o resguardo de haber solicitado la prórroga.
- Es obligación de cualquier residente en España originario de país tercero, comunicar durante el periodo que duren las prácticas a la Universidad o a la entidad que cotice esta práctica, de la perdida del derecho de residencia. Esta implica la finalización anticipada de las prácticas hasta la regularización de la situación de la persona afectada.
- Información de trámites en extranjería:
- Trámites en extranjería: Trámites de extranjería en la Sede Electrónica de la Policía Nacional.
- Obtener Certificado de delitos sexuales en España: Acceso al trámite en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
Cuestiones importantes sobre la cotización a la Seguridad Social por la realización de prácticas
- Las prácticas se rigen por normativa estatal de obligado cumplimiento, no puedes pedir que no se te coticen las prácticas.
- La cotización no implica que se te vaya a abonar ninguna cantidad económica directamente.
- La falta de cumplimiento de requisitos (NAF, NIE+Visado), son responsabilidad del estudiantado.
- Cotizantes: las obligaciones como empresario para la gestión del alta y la recaudación de las cuotas a abonar será de:
- Las prácticas internas: la UMH.
- Las prácticas externas curriculares: la UMH.
- Las prácticas externas extracurriculares (voluntarias): la entidad.
- Las prácticas realizadas en el extranjero de estudiantes Erasmus+ que estén matriculados en la universidad de destino, están exentas de la cotización al no estar afectadas por la ley española.
- El estudiantado en relación a su situación personal (personas: pensionistas, becarias, beneficiarias de mutuas de protección, etc.) deberá consultar con las entidades que otorgan esos beneficios la compatibilidad con el alta obligatoria en el Régimen General de la Seguridad Social por la realización de prácticas.
- La cotización se realiza en base diaria por día efectivo de prácticas.
- La cotización se liquida trimestralmente al vencimiento del mes siguiente, por lo que los periodos cotizados se reflejaran en la vida laboral a partir del mes siguiente a la liquidación.
Conceptos por los que se cotiza
Datos para el año 2025, según la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025, los importes que serán aplicables para el año 2025, con el 95 por ciento de bonificación sobre las contingencias comunes son:
Remuneradas | No Remuneradas(*) | |||
Empresa | Estudiante | Empresa | Estudiante | |
Contingencias Comunes(*) | 2,8€/mes | 0,56€/mes | 0,14 €/día, 3,17€/mes | NA |
Contingencias Profesionales | 7,71€/mes | – | 0,34€/día, 7,71€/mes | NA |
FOGASA | NA | NA | NA | NA |
Desempleo | NA | NA | NA | NA |
FP | NA | NA | NA | NA |
MEI | NA | NA | NA | NA |
*Importes Contingencias Comunes bonificados al 95% para el año 2024 RDL 8/2015 DA52ª 5.b) | ||||
NA= No aplica | 10,51€/mes | 0,56€/mes | 10,88€/mes |
La cotización varía entre dos situaciones: prácticas remuneradas o no remuneradas. En el segundo caso, como estudiante no abonarás ninguna cantidad. En el caso de las remuneradas se detraerá de las cantidades a percibir. Al no cotizarse todos los conceptos no se devengan derechos a desempleo o formación, entre otros.
Suscripción de convenio especial
Es posible solicitar a la Seguridad Social el reconocimiento en vida laboral de actividades realizadas en el pasado en las mismas condiciones que se desarrollan actualmente (por ejemplo, prácticas curriculares realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2024). Para ello es necesario solicitar la suscripción de un convenio especial con la Tesorería de la Seguridad Social. En el momento de solicitud hay que presentar un certificado de las prácticas realizadas.
El procedimiento se detalla en este enlace:
Preguntas Frecuentes
Preguntas Frecuentes de estudiantes por cotización a la Seguridad Social
Normativa de referencia
- Inclusión en el Sistema de la Seguridad Social del estudiantado que realiza prácticas curriculares: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Disposición Adicional 52.
- Información de la Seguridad Social (NOVEDAD): Información de la Seguridad Social de Prácticas Formativas – Criterios de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social sobre la aplicación de la Disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
- Bases de cotización a la SS de las prácticas para 2024: Real Decreto Ley 8/2023, Disposición transitoria novena. Bases mínimas, máximas y tope máximo de cotización de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, aplicación del Mecanismo de Equidad intergeneracional y determinación de la cotización por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas.
- Inclusión en el Sistema de la Seguridad Social de las personas en prácticas remuneradas: Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
Novedades
Eventos
Fecha: 18 de septiembre de 2025
Jornada "Comunicación Estratégica para Construir Marca"Fecha: 18 de septiembre de 2025
XXI Encuentro de Tutores de PrácticasFecha: 19 de septiembre de 2025
Taller online "LLAMADAS A EMPRESAS: sesión de orientación/acción"Fecha: 19 de septiembre de 2025
VII Jornada de Recursos Humanos en el ámbito de la Innovación