Cotización de prácticas en la Seguridad Social

Desde el 1 de enero de 2024, el estudiantado de la Universidad Miguel Hernández de Elche que realice unas prácticas académicas externas CURRICULARES Y EXTRACURRICULARES, remuneradas o no remuneradas está sujeto al alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y el estudiantado es considerado como asimilado a trabajador por cuenta ajena (en vigor desde el 1 de enero de 2024, por el Real Decreto Ley 2/2023, modificado por el RDL 5/2023, en su artículo único, apartado 34).

(Nota: el concepto asimilado, implica que sin ser un trabajador de la empresa, la relación del estudiante con ésta está sujeta a algunas obligaciones propias de empleador y trabajador).

Por ello, al realizar unas prácticas externas o internas documentadas a través del Observatorio Ocupacional, debes contar con una serie de requisitos:

  • Número de Afiliación a la Seguridad Social.
  • Si las prácticas son en centros de menores, o centros sanitarios, debes contar con el Certificado de delitos sexuales.
  • Tener tramitado el correspondiente anexo de prácticas a través del Observatorio Ocupacional.
  • En el caso de extranjeros:
    • Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
    • Visado en vigor en el momento de realización de las prácticas.

 

¿Quién es el responsable de gestionar tu afiliación a la Seguridad Social?

Se hace cargo la entidad donde realices las prácticas en los siguientes casos:

  • Cualquier práctica remunerada que se realice en la entidad.
  • Prácticas extracurriculares no remuneradas que se realicen en la entidad.

Se hace cargo la UMH en los siguientes casos:

  • Prácticas curriculares no remuneradas.
  • Prácticas curriculares remuneradas (se regirá por su procedimiento específico), cuando el pagador sea la UMH.
  • Prácticas extracurriculares remuneradas si el pagador es la UMH.

Están exentas de esta cotización

  • Las prácticas realizadas en el extranjero de estudiantes Erasmus+ que estén matriculados en la universidad de destino (criterio de interpretación 11/2023 de la  DG de Ordenación de la Seguridad Social).
  • Las prácticas realizadas por personas en alguna de estas situaciones (art. 80 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía): 
    • Jubilación.
    • Incapacidad permanente.
    • Situación de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por cualquier otro motivo.

 

Obtención del Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF) o Número de la Seguridad Social (NUSS)

Se han habilitado diversas vías para que en los casos que tus prácticas sean cotizadas por la UMH se pueda obtener este requisito:

  1. En matrícula: si estás matriculado/a de una asignatura que tiene prevista la realización de prácticas curriculares, te hemos informado de este procedimiento y solicitado los datos para su consulta por intermediación. La primera vez que accedas a la aplicación del Observatorio Ocupacional (https://universite.umh.es/observatorio), se realizará la consulta. En caso de que la Tesorería de la Seguridad Social de conformidad a tus datos, el número de afiliación se guardará en tus datos personales.
  2. En en el primer acceso a la aplicación universite.umh.es/observatorio, cuando accedas por primera vez, si estás matriculado con pasaporte, o no se te requirió autorización en matrícula, te aparecerá un formulario para facilitar los datos necesarios y hacer la consulta.
  3. En el caso que las dos primeras opciones fallen, o aun no dispongas de NAF/NUSS, desde el Observatorio Ocupacional se remitirá la solicitud de asignación de NAF/NUSS a la Tesorería de la Seguridad Social, cuando esta traslade el resultado de la consulta, lo cargaremos en tus datos personales.
  4. Si la tercera opción  falla, deberás aportar la resolución de asignación de número de afiliación, esta opción ya depende de ti, y deberás gestionarla directamente con tu Tesorería de la Seguridad Social más próxima a tu localidad de residencia:

Una vez el dato esté disponible te aparecerá en la pantalla principal (universite.umh.es/observatorio):

NO SE AUTORIZARÁ LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS A PERSONAS QUE NO DISPONGAN DE ESTOS REQUISITOS.

 

Situación de personas extranjeras (matriculadas con NIE o pasaporte)

Las personas matriculadas con NIE o PASAPORTE (NO-UE), deberán tener en cuenta:

 

Cuestiones importantes sobre la cotización a la Seguridad Social por la realización de prácticas

  • Las prácticas se rigen por normativa estatal de obligado cumplimiento, no puedes pedir que no se te coticen las prácticas.
  • La cotización no implica que se te vaya a abonar ninguna cantidad económica directamente.
  • La falta de cumplimiento de requisitos (NAF, NIE+Visado), son responsabilidad del estudiantado.
  • Cotizantes: las obligaciones como empresario para la gestión del alta y la recaudación de las cuotas a abonar será de:
    • Las prácticas internas: la UMH.
    • Las prácticas externas curriculares: la UMH.
    • Las prácticas externas extracurriculares (voluntarias): la entidad.
  • Las prácticas realizadas en el extranjero de estudiantes Erasmus+ que estén matriculados en la universidad de destino,  están exentas de la cotización al no estar afectadas por la ley española.
  • El estudiantado en relación a su situación personal (personas: pensionistas, becarias, beneficiarias de mutuas de protección, etc.) deberá consultar con las entidades que otorgan esos beneficios la compatibilidad con el alta obligatoria en el Régimen General de la Seguridad Social por la realización de prácticas.
  • La cotización se realiza en base diaria por día efectivo de prácticas.
  • La cotización se liquida trimestralmente al vencimiento del mes siguiente, por lo que los periodos cotizados se reflejaran en la vida laboral a partir del mes siguiente a la liquidación.

 

Conceptos por los que se cotiza

Datos  para el año 2025, según la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025, los importes que serán aplicables para el año 2025, con el 95 por ciento de bonificación sobre las contingencias comunes son:

Remuneradas No Remuneradas(*)
Empresa Estudiante Empresa Estudiante
Contingencias Comunes(*) 2,8€/mes  0,56€/mes 0,14 €/día, 3,17€/mes NA
Contingencias Profesionales 7,71€/mes 0,34€/día, 7,71€/mes NA
FOGASA NA NA NA NA
Desempleo NA NA NA NA
FP NA NA NA NA
MEI NA NA NA NA
*Importes Contingencias Comunes bonificados al 95% para el año 2024 RDL 8/2015 DA52ª 5.b)
NA= No aplica 10,51€/mes 0,56€/mes 10,88€/mes

 

La cotización varía entre dos situaciones:  prácticas remuneradas o no remuneradas. En el segundo caso, como estudiante no abonarás ninguna cantidad. En el caso de las remuneradas se detraerá de las cantidades a percibir. Al no cotizarse todos los conceptos no se devengan derechos a desempleo o formación, entre otros.

Suscripción de convenio especial

Es posible solicitar a la Seguridad Social el reconocimiento en vida laboral de actividades realizadas en el pasado en las mismas condiciones que se desarrollan actualmente (por ejemplo, prácticas curriculares realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2024). Para ello es necesario solicitar la suscripción de un convenio especial con la Tesorería de la Seguridad Social. En el momento de solicitud hay que presentar un certificado de las prácticas realizadas.

El procedimiento se detalla en este enlace:

Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes de estudiantes por cotización a la Seguridad Social

 

Normativa de referencia

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