Retención de crédito a aplicar a títulos autofinanciados por la realización de prácticas en concepto de Seguridad Social

Para contribuir a los gastos generados por la aplicación de la D.A.52ª de la Ley General de la Seguridad Social que establece la obligación de cotizar por las prácticas que realiza el estudiantado universitario. En el caso de los títulos de máster y los títulos propios por su carácter autofinanciado deben asumir la estimación del coste de las prácticas curriculares según lo establecido en el Anexo N-XXIX, el Anexo T-XXVII del presupuesto UMH 2025 y el Acuerdo de Consejo de Gobierno 2024/04.117.

Para este cálculo se han tomado los anexos de prácticas tramitados como prácticas curriculares en el citado título, estimando los meses naturales que se han producido entre la fecha de inicio y fin declaradas en cada anexo. A este resultado se le ha aplicado un coeficiente reductor del 30%, que es la media de la UMH de estudiantado matriculado al que no es aplicable la cotización de estas prácticas.

Anualmente se remitirá un correo al responsable del título informando del importe a retener por este concepto.

Instrucciones para el trámite (2025):

El procedimiento a realizar por el personal administrativo correspondiente para aplicar la retención de crédito será:

Cualquier duda:

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