Prácticas y trabajo con menores
"Píldoras de conocimiento", Noticias Observatorio
23 enero 2016
La Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor (modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de voluntariado) establece la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales y voluntarios que trabajan en contacto habitual con menores. Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, estos certificados se expedirán por el Registro Central de Penados.
Esto puede afectar directamente a que puedas realizar tus prácticas, dado que en muchos centros van a exigirte que lo presentes para poder realizarlas. Este certificado se puede obtener mediante varias vías:
Deberás presentarlo cuando se te requiera, y siempre para tramitar prácticas en entidades que trabajan con menores. Tienes toda la información en este enlace.
*Para obtener el certificado por internet es necesario disponer de un DNI-e con su correspondiente clave de acceso, o bien de un certificado digital que puedes obtener en la Oficina de Registro de la UMH, o en los registros auxiliares de la UMH (CEGECAs).