Ayudas para la realización de estancias internacionales con el fin de fomentar el talento emprendedor internacional

Generalitat ValencianaEstas ayudas tienen como objeto otorgar subvenciones para la realización de estancias en otros países de estudiantes de las universidades valencianas de los dos últimos cursos o egresados de las mismas en los dos últimos años, con el fin de fomentar el talento emprendedor internacional. El nivel de idioma exigido es un B2.

La dotación es de hasta 1.200 euros mensuales, en función del país de destino, y la duración de las estancias, será de un mínimo de un mes. El plazo finaliza el 10 de abril, así que date prisa.

¿QUIÉN PUEDE INICIARLO? Estudiantes o egresados/as de las universidades, que presenten proyectos de empresa y cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano/a de la Unión Europea y residente en la Comunitat Valenciana desde al menos doce meses antes de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOCV núm. 7483 de 11/03/2015.
  • Ser estudiante de las universidades valencianas de los dos últimos cursos o egresado de las mismas en los dos últimos años.
  • Conocimiento de inglés hablado y escrito (acreditación de nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, según el Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell) o, en su caso, del idioma del país donde vaya a realizar la estancia.
  • Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

EL IMPORTE DE LAS AYUDAS SERÁ:

  • Hasta 1.000 euros para países de la Unión Europea
  • Hasta 1.200 euros para países de fuera de la Unión Europea
  1. La dotación tiene carácter mensual, siendo percibida por los destinatarios de forma proporcional a los días de formación efectivamente computados, dependiendo del país de destino.
  2. Los gastos elegibles serán: alojamiento, manutención, seguro, viaje y desplazamiento.
  3. Aquellas personas que presenten un programa complementario de formación en emprendimiento, podrán recibir una dotación adicional de hasta 3.000 euros para sufragar los gastos de matrícula y gestión del programa.

¿CUÁNDO SOLICITARLO? El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto 30 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria de ayudas en el DOCV núm. 7483, de 11/03/2015.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE PRESENTAR? SOLICITUD de subvención y SU ANEXO, ambos según modelos que figuran como impresos asociados y debidamente cumplimentados y firmados. A la solicitud y su anexo deberá acompañarse, ADEMÁS, la siguiente documentación:

  •  Modelo de domiciliación bancaria (según modelo que figura como impreso asociado).
  • Copia de documento de identidad, si en la solicitud no ha autorizado a la Administración para comprobar los datos de identidad.
  • Certificado de empadronamiento, si en la solicitud no ha autorizado a la Administración para comprobar los datos de residencia.
  • Certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Estado y Generalitat) y con la Seguridad Social, si en la solicitud no ha autorizado a la Administración para comprobar estos datos.
  • Documento acreditativo de la vinculación a la universidad del solicitante (copia del título universitario, o, en su caso, la matrícula del curso)
  • En su caso, certificado de su universidad, sobre participación en el programa University Talent International Entrepreneurs.
  • Un proyecto empresarial competitivo con vocación internacional para su desarrollo en una empresa de acogida en otro país, que incluirá un PLAN DE EMPRESA (máximo 6 páginas) que deberá desarrollar los siguientes puntos: datos básicos del proyecto, promotores del proyecto, descripción de los productos/servicios, descripción del negocio, análisis del mercado, plan comercial, organización y personal, inversiones necesarias, previsión de cuentas de resultados y balances, financiación prevista y potencial internacional del Plan de Empresa.
  • Memoria de las actividades propuestas a realizar durante la estancia en el extranjero, indicando también la incidencia de tales actividades en el Plan de Empresa y la justificación sobre la elección del país y empresa de acogida.
  • Datos de la empresa propuesta para la acogida.
  • Certificado acreditativo del nivel de lengua Inglés hablado y escrito (acreditación de nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, según Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell) o del idioma del país de destino.
  • En su caso, memoria del programa complementario de formación propuesto, en relación con la estancia solicitada.

¿CÓMO SE TRAMITA? Se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

  • Solo se admitirá una solicitud por persona.
  • Si la solicitud aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciere se le tendrá por desistido en su solicitud. Transcurrido ese plazo, tras la evaluación y admisión de las solicitudes, se hará pública la lista de candidatos/as admitidos/as en la página web http://www.emprendedores.gva.es
  • Una vez efectuado el examen de las solicitudes, los proyectos se trasladarán a una Comisión de Valoración.
  • La Comisión de Valoración convocará a las personas candidatas a una entrevista para la defensa y valoración de los proyectos.
  • Finalizada la valoración, la Comisión elevará la correspondiente propuesta de resolución a la persona titular de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, quien dictará la resolución de concesión, que se notificará a las personas interesadas mediante la publicación en la página web http://www.emprendedores.gva.es.
  • El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes, será de SEIS MESES.

ESTANCIAS. Las estancias tendrán una duración mínima ininterrumpida de un mes y máxima de tres meses y deberán realizarse en el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de octubre de 2015.

CRITERIOS DE VALORACIÓN. La Comisión de Valoración evaluará los proyectos según los siguientes criterios, hasta un total de 100 puntos:

  • Memoria de actividades propuestas: se valorará hasta 40 puntos.
  • Plan de Empresa: se valorará hasta 60 puntos, teniendo en cuenta la viabilidad técnica, comercial y económico-financiera del proyecto de empresa, el plan estratégico y previsión económica para los próximos 3 años, la innovación, diferenciación y originalidad de la oportunidad de negocio y el potencial internacional del plan de empresa.
  • Para alumnos University Junior International Entrepreneurs, puntuación adicional de 25 puntos, que se añadirán a la puntuación obtenida de acuerdo a los criterios anteriores, hasta un total de 125 puntos.
  • Adicionalmente, respecto a aquellos solicitantes seleccionados en base a los criterios anteriores que presenten programas complementarios de formación en emprendimiento, la Comisión los valorará en función de los siguientes criterios, hasta un total de 100 puntos:
  1. Características del programa en cuanto a contenido, materias, especialidades y duración: se valorará hasta 50 puntos.
  2. Adecuación y complementación entre el Plan de Empresa presentado y la oferta formativa en materia de emprendimiento específica del centro receptor: se valorará hasta 50 puntos.

Puedes ampliar toda la información en este enlace.

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