Solicitud de ayudas a desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos

Generalitat Valenciana¿Qué se puede solicitar?

Nombre del trámiteSolicitud de ayudas a trabajadores desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos o por cuenta propia (fomento del empleo dirigido a emprendedores), para el ejercicio 2014 (Servef).

Objeto del trámiteEstablecer para el año 2014 incentivos y ayudas económicas destinados a favorecer la generación del empleo en la Comunidad Valenciana a través de la promoción del empleo por cuenta propia.

Las ayudas comprendidas son subvenciones a las personas desempleadas que accedan a su empleo a través de la creación de actividad empresarial independiente.

¿Quién puede iniciarlo?

Interesados/SolicitantesLas personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente centro Servef que hayan iniciado la actividad autónoma a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la orden de convocatoria.

Se entenderá como personal trabajador autónomo o por cuenta propia aquél que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a titulo lucrativo sin sujeción a contrato de trabajo, aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.

Requisitos.  

  • El inicio de la actividad de las personas solicitantes deberá producirse a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la orden de convocatoria hasta el 30 de septiembre de 2014. Se considerará a estos efectos como fecha de inicio la que conste en el documento de declaración de alta en el censo de obligados tributarios (mod. 036 o 037).
  • El alta en el censo de obligados tributarios y en el régimen especial de trabajadores autónomos o equivalente deberán ser previas a la presentación de la solicitud.
  • Permanecer inscrito como desempleado en el SERVEF hasta el inicio de la actividad; asimismo no deben haber figurado encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en los 6 meses anteriores al inicio de aquella.
  • No haber disfrutado en alguno de los tres ejercicios anteriores ni haber solicitado en el presente ejercicio otras subvenciones por el mismo concepto.
  • Desarrollar la actividad de forma independiente.

¿Cuándo solicitarlo?

Plazo de presentación. 

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para la constitución en personal trabajador autónomo o profesional por cuenta propia será del 3 de julio al 30 de septiembre de 2014.

VER / DESCARGAR Convocatoria completa.

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