Información a tutores profesionales

El tutor profesional es un elemento indispensable en la realización de prácticas académicas externas, ya que es la persona responsable de desarrollar el programa formativo del estudiante en la empresa.

Sus funciones están reguladas por el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios,en esta sección.

Los documentos de prácticas (anexos) contienen la descripción del proyecto formativo acordado para que cumpla el estudiante, así como los datos de contacto del propio estudiante y el tutor académico con el que puede contactar para resolver aquellas cuestiones que sobre el proceso de aprendizaje pueda surgir.

Solicitud de Certificado de tutorización realizada

Solicitud de tarjeta UMH Tutor

Programa de tutores de prácticas clínicas

Derechos

  • a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de la universidad, en los términos previstos en el convenio de cooperación educativa.
  • b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así como del Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.
  • c) Tener acceso a la universidad para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función.
  • d) Obtener una tarjeta UMHTUTOR bajo petición con la que acceder a las prestaciones que la UMH reglamentariamente establece

Deberes

  • a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el Proyecto Formativo.
  • b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
  • c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
  • d) Coordinar con el tutor académico de la universidad el desarrollo de las actividades establecidas en el convenio de cooperación educativa, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la misma y el control de permisos para la realización de exámenes.
  • e) Emitir el informe final, que se le remitirá por la vía correspondiente en función del carácter de práctica curricular o extracurricular.
  • f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la realización de las prácticas.
  • g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de la práctica.
  • h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y emprendimiento por parte del estudiante.
  • i) Facilitar al tutor académico de la universidad el acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función.
  • j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
  • k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las actividades que realiza en la misma.
[Facebook] [Google] [Twitter]